[Todos CMAT] Propuesta de Reglamento SNI

Csic csic en fcien.edu.uy
Mar Nov 27 09:59:17 UYST 2007


Estimados colegas;

La Delegación Universitaria al CONICYT ha recibido, por parte del Equipo 
Operarivo del Gabinete Ministerial de la  Innovación (EO-GMI) una 
propuesta de reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI). 
Dicha propuesta se adjunta a esta nota.
En los próximos días será discutida en el CONICYT y ya fue solicitada a 
la CSIC su pronunciamiento al respecto.
El marco formal del reglamento es el art. 305 de la Ley 18172, que se 
trascribe más abajo.
Seguramente recibirán este reglamento por otras vías, pero siendo un 
documento tan relevante y su tratamiento muy próximo, lo estamos 
reenviando para asegurar su conocimiento.
Es muy importante que podamos recoger las más amplias opiniones por lo 
que significa el Sistema Nacional de Investigadores.
En estos días la CSIC está discutiendo esta propuesta y será una muy 
buena oportunidad para recoger y sintetizar estas opiniones.

Atentamente,
Carlos Bianchi (carlos en csic.edu.uy)
Asistente de la Delegación de la UdelaR al CONICYT


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Ley 18172
Artículo 305.- Créase en la órbita de la Agencia Nacional de 
Investigación e Innovación (ANII) el "Sistema Nacional de Investigadores 
(SNI)".

El referido sistema tendrá los siguientes objetivos:

A) Fortalecer y expandir la comunidad científica.
B) Identificar, evaluar periódicamente y categorizar a todos los 
investigadores que realicen actividades de investigación en el 
territorio nacional o que sean uruguayos trabajando en el exterior.
C) Establecer un sistema de apoyos económicos que estimule la dedicación 
a la producción de conocimientos en todas las áreas del conocimiento, 
que serán otorgados por procedimientos concursables.
El Gabinete Ministerial de la Innovación (GMI) establecerá, con el 
asesoramiento del CONICYT, las orientaciones políticas en cuyo marco 
actuará la ANII, y el reglamento de funcionamiento del SNI.
El Gabinete Ministerial de la Innovación designará una Comisión 
Honoraria del Sistema Nacional de Investigadores que lo conducirá, 
integrada por cinco miembros, uno a propuesta de la Universidad de la 
República, dos a propuesta del CONICYT y dos propuestos por el 
directorio de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, uno de 
los cuales actuará como coordinador.
Créase en el ámbito de la Agencia Nacional de Investigación e 
Innovación, el "Fondo Profesor Clemente Estable de Investigación 
Científica y Tecnológica" de apoyo a proyectos de investigación 
científica de excelencia, calificados como prioritarios para el país.
Deróganse los artículos 70 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, 
y 388 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.

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Inés Infante
Ayudante CSIC - Facultad de Ciencias
Tel.5258618 - 22 interno 122

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Nombre     : SNI Anteproyecto EO-GMI 5 Nov 2007.pdf
Tipo       : application/pdf
Tamaño     : 94464 bytes
Descripción: no disponible
Url        : http://www.cmat.edu.uy/pipermail/todos/attachments/20071127/c784ab97/attachment-0001.pdf 


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