[Todos CMAT] Solicitud adhesión a cartas dirigida a ANII y CONICYT

Eleonora Catsigeras eleonora en fing.edu.uy
Sab Jul 21 14:53:27 -03 2018


Recibí y retransmito. Es muy importante, en mi opinión para el futuro de la
investigación científica en Uruguay, en cualquier área, en particular en
Matemática, por el precedente que puede llegar a configurar la
reglamentación   de la Ley Nº 19175.  Tómense un tiempito para leer la
carta por favor, y decidir *conscientemente* en consecuencia (aunque les
resulte molesto leer tanto en un tema que a priori pueda parecerle que no
les interesa). Incluyo a los docentes de todos los grados. Gracias.
Saludos, Eleonora

---------- Forwarded message ----------
From: Gregory Randall <randall en fing.edu.uy>
Date: 2018-07-21 10:39 GMT-03:00
Subject: [adfi-opina-l] Fwd: Para difundir NUEVA - Solicitud adhesión a
cartas dirigida a ANII y CONICYT
To: docentes_iie <docentes_iie en fing.edu.uy>, adfi-opina-l en fing.edu.uy





-------- Forwarded Message --------
Subject: Para difundir NUEVA - Solicitud adhesión a cartas dirigida a ANII
y CONICYT
Date: Sat, 21 Jul 2018 10:19:26 -0300
From: Ofelia Gutierrez <oguti en fcien.edu.uy> <oguti en fcien.edu.uy>

*Favor difundir entre posibles interesados*


Estimado Investigador

El 18 de julio, comenzamos una campaña de adhesión de la comunidad
científica  a una carta dirigida a la *Academia de Ciencias del
Uruguay *(ANCIU)
para hacer llegar nuestra preocupación por los efectos del decreto 115/18
que entre otros reglamenta la investigación, docencia y difusión de
resultados de trabajos en ecosistemas marinos y aguas continentales del
Uruguay.

Con gran beneplácito un día después, recibimos un comunicado firmado por el
Dr. Rafael Radi en nombre de la misma, en el cual la ANCIU manifiesta su
preocupación por los efectos de este Decreto que reglamenta la Ley de Pesca.

http://anciu.org.uy/noticias/noticias-y-novedades/item/109-c
omunicado-de-la-anciu-re-decreto-115-18-del-poder-ejecutivo-
que-reglamenta-la-ley-de-pesca-19175.html

Queremos agradecer a los numerosísimos investigadores que adhirieron en tan
solo 24 horas.

En este momento, nos encontramos* solicitando la adhesión para cartas
dirigidas a la ANII/SNI y al CONICYT, instituciones que aun no se han
expresado **públicamente** sobre el tema.*

Mediante este mensaje le invitamos a apoyar esta  nueva iniciativa
ingresando al link

    http://carta-anii-sni-conicyt.fcien.edu.uy/wordpress/

y completando su Nombre, Documento de identidad y afiliación institucional.

La nota será entregada el 24 de julio próximo junto con la lista de los
investigadores que hayan sumado su apoyo hasta ese momento.

*Por favor, reenviar esta invitación a todos los investigadores que estime
puedan estar interesados en el tema, y gracias desde ya por la atención. *

Ofelia Gutiérrez
CARTA DIRIGIDA A LA ANII

24 de julio 2018.

*Ing. Fernando Brum, Presidente*
*Agencia Nacional de Investigación e Innovación – ANII*

De nuestra consideración:

Por la presente, nos dirigimos a usted y por su intermedio al la *Agencia
Nacional de Investigación e Innovación (ANII),*  para ponerlos en
conocimiento de la situación resultante de la reglamentación de la Ley Nº
19175 (Ley de Pesca) en cuanto a sus implicaciones en la generación de
conocimiento, formación de recursos humanos y difusión de resultados de
investigaciones en múltiples áreas del conocimiento relacionadas al agua.
Los firmantes somos investigadores activos en diferentes disciplinas
científicas, y pertenecientes a diversas instituciones del país.

El 24 de abril pasado el Poder Ejecutivo firmó el decreto 115/18 que
reglamenta la Ley de Pesca 19175. El decreto establece una serie de
disposiciones que hacen a la docencia, extensión e investigación en
ecosistemas acuáticos marinos y continentales, definiendo condiciones y
requisitos bajo los cuales dichas actividades podrán realizarse en nuestro
país. Del análisis del decreto referido surgen en diferentes casos
restricciones, limitaciones y prohibiciones sobre la investigación de los
ecosistemas acuáticos, incluyendo territorio Antártico. También se
supeditan a la aprobación de la autoridad designada (DINARA-MGAP) ciertas
actividades de enseñanza de grado y de posgrado que guarden relación con el
medio acuático. Bajo similar tutela de censura previa queda la comunicación
bajo cualquier formato y finalidad de resultados de investigaciones
realizadas en el ámbito acuático; esto último incluye la divulgación,
extensión en el medio y publicaciones científicas.

Como puede comprenderse, a su vez estas restricciones pueden comprometer
seriamente la productividad como investigadores, y por tanto el ingreso,
permanencia y desempeño en el *Sistema Nacional de Investigadores (SNI)*,
al quedar supeditados a la aprobación de una repartición ministerial, la
publicación o no de resultados, e incluso el acceso a fuentes de
financiamiento de la propia ANII o cualquier otro fondo oficial o privado.

Entendemos que las condiciones que genera este nuevo marco legal son
francamente negativas para el desarrollo de la investigación y para el
fortalecimiento de las capacidades científicas nacionales en general. Entre
las últimas incluimos, de manera destacada, la formación de nuevos
investigadores a diferentes niveles y en múltiples disciplinas.

Dentro del nuevo marco legal es particularmente preocupante la atribución
de potestades a una dependencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca (MGAP) para condicionar la difusión de resultados de las
investigaciones en recursos hidrobiológicos desarrolladas en el país. Ello
tiene implicancias obvias para el desarrollo adecuado de la actividad
científica, en tanto la comunicación de resultados hace parte integral de
la misma. Pero ello tiene connotaciones más profundas en tanto en una
sociedad republicana y democrática los ciudadanos son los depositarios
últimos y verdaderos de los bienes naturales que existen en su territorio,
en particular del agua. Ello debe tener un correlato en el derecho sin
restricciones para acceder a información acerca del estado de situación de
dichos bienes, así como de los esfuerzos que se desarrollan desde el Estado
en pos de mejorar su conocimiento, uso sustentable y conservación.

Los abajo firmantes entendemos que estas disposiciones ponen en juego la
validación social de la Ciencia como estrategia para alcanzar resultados
relevantes para dichos fines; así se debilita la justificación para la
inversión en recursos humanos y materiales en el desarrollo de la Ciencia y
formación de futuros investigadores.

Entre otros cometidos, corresponde a la Agencia Nacional de Investigación e
Innovación, asesorar al Poder Ejecutivo en materia de planes, programas e
instrumentos orientados al desarrollo científico-tecnológico y al
despliegue y fortalecimiento de las capacidades de innovación (Ley 18.084).
Ese mandato la convierte en un actor relevante en las discusiones sobre el
papel de la Ciencia y sobre estrategias para validarla, fortalecerla e
incrementar la visibilidad de su importancia dentro de nuestra sociedad.
Ante ello expresamos nuestra confianza en vuestra receptividad para
estudiar la situación aquí planteada, y para decidir las acciones
pertinentes tendientes a encontrar una solución adecuada.

Atte.,
------------------------------
CARTA DIRIGIDA AL CONICYT

24 de julio 2018.


*Dra. María Julia Pianzzola, Presidenta Consejo Nacional de Innovación,
Ciencia y Tecnología – CONICYT*

De nuestra consideración:

Por la presente nos dirigimos a usted y por su intermedio al Consejo
Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología (CONICYT) para ponerlos en
conocimiento de la situación resultante de la reglamentación de la Ley Nº
19175 (Ley de Pesca) en cuanto a sus implicaciones en la generación de
conocimiento, formación de recursos humanos y difusión de resultados de
investigaciones en múltiples áreas del conocimiento relacionadas al agua.
Los firmantes somos investigadores activos en diferentes disciplinas
científicas, y pertenecientes a diversas instituciones del país.

El 24 de abril pasado el Poder Ejecutivo firmó el decreto 115/18 que
reglamenta la Ley de Pesca 19175. El decreto establece una serie de
disposiciones que hacen a la docencia, extensión e investigación en
ecosistemas acuáticos marinos y continentales, definiendo condiciones y
requisitos bajo los cuales dichas actividades podrán realizarse en nuestro
país. Del análisis del decreto referido surgen en diferentes casos
restricciones, limitaciones y prohibiciones sobre la investigación de los
ecosistemas acuáticos, incluyendo territorio Antártico. También se
supeditan a la aprobación de la autoridad designada (DINARA-MGAP) ciertas
actividades de enseñanza de grado y de posgrado que guarden relación con el
medio acuático. Bajo similar tutela de censura previa queda la comunicación
bajo cualquier formato y finalidad de resultados de investigaciones
realizadas en el ámbito acuático; esto último incluye la divulgación,
extensión en el medio y publicaciones científicas.

Como puede comprenderse, a su vez estas restricciones pueden comprometer
seriamente la productividad como investigadores, al quedar supeditados a la
aprobación de una repartición ministerial, la publicación o no de
resultados, e incluso el acceso a fuentes de financiamiento.

Entendemos que las condiciones que genera este nuevo marco legal son
francamente negativas para el desarrollo de la investigación y para el
fortalecimiento de las capacidades científicas nacionales en general. Entre
las últimas incluimos, de manera destacada, la formación de nuevos
investigadores a diferentes niveles y en múltiples disciplinas.

Dentro del nuevo marco legal es particularmente preocupante la atribución
de potestades a una dependencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca (MGAP) para condicionar la difusión de resultados de las
investigaciones en recursos hidrobiológicos desarrolladas en el país. Ello
tiene implicancias obvias para el desarrollo adecuado de la actividad
científica, en tanto la comunicación de resultados hace parte integral de
la misma. Pero ello tiene connotaciones más profundas en tanto en una
sociedad republicana y democrática los ciudadanos son los depositarios
últimos y verdaderos de los bienes naturales que existen en su territorio,
en particular del agua. Ello debe tener un correlato en el derecho sin
restricciones para acceder a información acerca del estado de situación de
dichos bienes, así como de los esfuerzos que se desarrollan desde el Estado
en pos de mejorar su conocimiento, uso sustentable y conservación.

Los abajo firmantes entendemos que estas disposiciones ponen en juego la
validación social de la Ciencia como estrategia para alcanzar resultados
relevantes para dichos fines; así se debilita la justificación para la
inversión en recursos humanos y materiales en el desarrollo de la Ciencia y
formación de futuros investigadores.

En el entendido que entre otros cometidos, corresponde al CONICYT, proponer
planes, lineamientos de políticas generales y prioridades relacionadas con
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación al Gabinete Ministerial de la
Innovación, al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, según corresponda,
en el sentido de:

   - Elaborar propuestas de bases y estrategias, áreas de interés e
   instrumentos de políticas de ciencia, tecnología e innovación.
   - Asesorar al gabinete.
   - Proponer la creación y reglamentación de programas de ciencia,
   tecnología e innovación.
   - Promover y estimular el desarrollo de las investigaciones en todos los
   órdenes del conocimiento.
   - Promover acciones conducentes al fortalecimiento del sistema nacional
   de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Esos cometidos lo convierten en un actor relevante en las discusiones sobre
el papel de la Ciencia y sobre estrategias para validarla, fortalecerla e
incrementar la visibilidad de su importancia dentro de nuestra sociedad.
Ante ello expresamos nuestra confianza en vuestra receptividad para
estudiar la situación aquí planteada, y para decidir las acciones
pertinentes tendientes a encontrar una solución adecuada.

Atte.,

SIGUEN FIRMAS DE ADHERENTES A LAS CARTAS DIRIGIDAS A LA ANII Y AL CONICYT




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Dra. Ofelia Gutiérrez
PhD en Tecnología Ambiental y Gestión del Agua
DEA en Conservación y Gestión del Medio Natural
MSc en Ciencias Ambientales
Geógrafa

Candidata del SNI (Sistema Nacional de Investigadores)

UNCIEP (Unidad de Ciencias de Epigénesis)
IECA (Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales)
Facultad de Ciencias, Universidad de la República
Igua 4225 piso 11, Montevideo, Uruguay
Telfax (598) 2525.8616
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