[Todos CMAT] Fwd: Circular No. 70 -14- CDC - Ordenanza de los cargos de Asistentes Académicos CENUR

División Secretaría Facultad de Ciencias secretaria en fcien.edu.uy
Vie Oct 10 15:48:49 UYST 2014


Reenviamos modificaciones en pág. 303 del libro violeta.

Atte., Secretaría.

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Comunicaciones <comunic en oce.edu.uy>
Fecha: 9 de septiembre de 2014, 11:32
Asunto: Circular No. 70 -14- CDC - Ordenanza de los cargos de Asistentes
Académicos CENUR
Para:


    *Divisiòn Secretarìa General*

*Secciòn Comunicaciones*

*E-mail: comunic en oce.edu.uy <comunic en oce.edu.uy>*


 *Circular No. 70 -14- CDC *

*Exp. No. 003064-000138-14 y adj.*


   Montevideo, 9 de setiembre de 2014


 *SR. DECANO/DIRECTOR/JEFE*

*_______________________*

De mi mayor consideración:

 Para su conocimiento y demás efectos, cúmpleme comunicarle la Resolución
No. 26 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la
República, en sesión de fecha 26 de agosto de 2014:


 Atento a lo propuesto por la Comisión Coordinadora del Interior y a lo
informado por la Dirección General Jurídica, antecedentes que lucen en el
distribuido Nº 925.14, establecer con valor y fuerza de Ordenanza lo
siguiente:

1 - Sustituir en el artículo 1º de la Ordenanza de los cargos de Asistentes
Académicos la expresión "Regional Universitaria" por la expresión" Centro
Universitario Regional y sus Sedes si así lo dispone el Consejo del CENUR,
Centro Universitario Local y Casa de la Universidad (Regidos por la
Ordenanza de las Casas de la Universidad y de los Centros Universitarios)".

2 - Eliminar en el literal c) del artículo 5º de la Ordenanza de los cargos
de Asistentes Académicos la frase "Regionales Universitarias".

3 - Modificar el literal d) del artículo 5º referido, el que quedará
redactado como sigue:

"*Artículo 5º - Lit. d) Direcciones de Centros Universitarios Regionales
(CENURES). Hasta 150 horas semanales para CENURES de tres o menos Sedes y
hasta 180 horas semanales para CENURES de más de tres Sedes, en ambos casos
con una remuneración equivalente a la de un docente de grado 3 a 5 a
criterio del Servicio respectivo. Dicha remuneración podrá llegar hasta el
equivalente del grado máximo docente ocupado en dicho Servicio.*

*El Consejo del CENUR podrá resolver que una parte de este cupo horario se
destine a la designación de Asistentes Académicos de los Directores de los
Centros Universitarios Locales y/o de las Casas de la Universidad de la
Región de su competencia.".*

4 - Derogar el artículo 9º de la Ordenanza de las Casas de la Universidad y
de los Centros Universitarios.

5 - Incorporar el siguiente nuevo Literal e) al artículo 5º de la Ordenanza
de los Cargos de Asistentes Académicos:

*"Artículo 5º - Lit. e) Dirección de Centros Universitarios o de Casas de
la Universidad regidos por la Ordenanza de las Casas de la Universidad y de
los Centros Universitarios. Hasta 60 horas semanales con una remuneración
equivalente a la de un docente de grado 3 a 5 a criterio del Servicio
respectivo. Dicha remuneración podrá llegar hasta el equivalente del grado
máximo docente ocupado en dicho Servicio.*

6 - Modificar el Literal b) del artículo 13º de la Ordenanza de las Casas
de la Universidad y de los Centros Universitarios, que en consecuencia
quedará redactado como sigue:

*"Artículo 13º - Lit. b) - A los efectos de su confirmación o reelección,
el CDC recabará el asesoramiento previo de la Comisión Directiva del Centro
Universitario respectivo, la que emitirá opinión fundada al respecto, así
como un informe del Presidente de la Comisión Coordinadora del Trabajo de
la Universidad de la República en el Interior (CCI), avalado por el
plenario de la misma.*

7 - Disponer la publicación en el Diario Oficial de los numerales
anteriores.

 (16 en 16)


 Fdo. Sr. Daniel Rodríguez – Director de División – Secretaría General.

PD: publicación aparecida en el Diario Oficial de fecha* 09-09-2014*



-- 

Atte., Secretaría.
__________________________________________

Carolina RODRÍGUEZ TERZAGHI

Adm. III (Esc. C001, G° 7)
División Secretaría
Facultad de Ciencias
UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA

Iguá 4225 • 11400 Montevideo, URUGUAY
Tel.: 2525 1923 - 2525 8618 al 23 ext. 7 123
Fax.: 2525 8617
e-mail <secretaria en fcien.edu.uy> • web <http://www.fcien.edu.uy>
------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://www.cmat.edu.uy/pipermail/todos/attachments/20141010/54e27811/attachment.html>


Más información sobre la lista de distribución Todos