[Todos CMAT] exoneración de los cursos prácticos

Claudia Alfonzo claudia en cmat.edu.uy
Lun Mar 14 10:05:06 UYT 2011


Hola a todos,

dado que es usual en materias de tercer y cuarto año establecer mecanismos 
de exoneración para el práctico, se comunica a todos los docentes del Cmat 
la resolución nº2 de la CCD, de la sesión 1/2011, del 11 de febrero:


2 – Validez de la exoneración parcial de exámenes.
Teniendo en cuenta que el proceso teórico-práctico de las asignaturas debe 
darse de forma conjunta y que la exoneración parcial se otorga como forma 
de estimular a los estudiantes a que rindan el examen en el período 
inmediato siguiente a la aprobación del curso, se resuelve que, en los 
casos en que corresponda la exoneración parcial, ésta valga hasta el 
comienzo del semestre siguiente, o sea :

- para las asignaturas pertenecientes al primer semestre, será válida para 
el período doble julio-agosto
- para las asignaturas pertenecientes al segundo semestre, será válida 
para el período simple de diciembre y para el período doble febrero-marzo.
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